
NOVIEMBRE 26,2025 IVÁN EVAIR SALDAÑA PARA LA JORNADA.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó varios requisitos considerados excesivos de la Ley de Revocación de Mandato de Oaxaca, aplicables al proceso para evaluar la permanencia del gobernador Salomón Jara en enero de 2026, el primer ejercicio estatal de este tipo en el país.
Con ocho votos a favor y uno en contra, la Corte anuló la disposición que obligaba a reunir 10% de firmas en cada uno de 286 municipios para solicitar la consulta, al considerar que esa exigencia restringía el derecho ciudadano y superaba lo establecido por la legislación federal. En su lugar, se restableció la norma anterior, que sólo requiere 10% de la lista nominal, sin pedir un porcentaje mínimo por municipio.
La ministra Yasmín Esquivel señaló que el requisito invalidado hacía “prácticamente imposible” activar el mecanismo. El único voto en contra fue del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien defendió que el Congreso local buscaba asegurar una representación amplia dada la diversidad poblacional del estado.
La Corte también revocó la reducción del plazo para solicitar la revocación —de tres meses a uno— y restableció el periodo original de tres meses después del tercer año de gobierno.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por el PT y Movimiento Ciudadano (MC). Tras el fallo, el dirigente nacional de MC, Jorge Álvarez Máynez, celebró la decisión y afirmó que ésta permitirá a los ciudadanos de Oaxaca utilizar la revocación contra “malos gobiernos”, incluido el de Salomón Jara.






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